Es una modalidad de matrícula existente en las Escuelas Oficiales de Idiomas que posibilita que aquellas personas con conocimientos suficientes de un idioma puedan obtener una acreditación oficial de dichos conocimientos sin tener que cursar por la vía oficial (presencial o semipresencial), equiparándose con ésta última a todos los efectos académicos y de titulación.


El requisito de edad es tener 16 años cumplidos a 31 de diciembre del año en el que se matricula.


El comprendido entre el 1 y el 15 de abril de cada año.


A través de la realización de unas Pruebas de Certificación elaboradas por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.


La mera formalización de su matrícula libre supone su inscripción automática en las Pruebas de Certificación; no tiene que realizar ningún trámite adicional.


Las Pruebas de Certificación se organizan cada año en dos convocatorias, la primera en junio y la segunda en septiembre (esta última en el caso de suspender o no haberse presentado en junio).


Las fechas de realización de las pruebas son publicadas por la Consejería de Educación en BOJA a lo largo del mes de marzo y estarán disponibles en esta web una vez sean publicadas.


Se evalúan cinco destrezas: Comprensión de Textos Orales, Comprensión de Textos Escritos, Producción y Coproducción de Textos Orales, Producción y Coproducción de Textos Escritos, y Mediación.


La calificación de junio de APTO en una destreza se guarda hasta la convocatoria de septiembre, estando el candidato o la candidata exento de repetir esa destreza. En ningún caso se guardan más alla de la convocatoria de septiembre.


En el caso del Nivel Básico, sí. Para los niveles Intermedio B1, Intermedio B2 y Avanzado C1 es la Consejería de Educación la que elabora pruebas unificadas para toda Andalucía.


Sí, puede hacerlo. No hay requisito académico ni es preciso estar en posesión de ninguna certificación o titulación para matricularse por libre directamente en el Nivel Intermedio (B1 o B2) o Avanzado (C1).


No, se puede matricular tantas veces como sea necesario.


Sí, sin requisito académico alguno.


Sí, se puede simultanear, si bien es preciso solicitar la simultaneidad de matrícula entre el 1 y el 15 de marzo.


Sí, es posible siempre y cuando el idioma que se quiera hacer por libre no se imparta en la EOI en la que el/la alumno/a tiene matrícula oficial. Será preciso entregar solicitud de simultaneidad entre el 1 y el 15 de marzo en la EOI en la que se cursa en modalidad oficial.


Sí, pero para ello es preciso que solicite la anulación de la matrícula oficial (no pueden coexistir las dos) antes del inicio del período de matriculación libre (del 1 al 15 de abril). La anulación no conlleva la devolución de las tasas de la matrícula oficial.


Sí, en todos los que tenga autorizados dicha EOI.


Sí, siempre y cuando uno de los dos idiomas que quiere hacer por libre no se imparta en la EOI que le corresponde por domicilio.


De acuerdo con la normativa que regula la escolarización en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Andalucía, usted debe matricularse en la EOI más cercana a su domicilio (ver información)


En el portal web de la Dirección General de Educación Permanente de la Consejería de Educación (siga este enlace).


No suelen coincidir, pero no existe garantía plena de que no pueda darse el caso. Recomendamos revisar bien las fechas una vez publicadas antes de formalizar matrícula.


La matrícula libre tiene un coste que establece la Junta de Andalucía en el mes de enero de cada año.


Están exentos de pago las víctimas de actos terroristas, los beneficiarios de familia numerosa de categoría especial, las víctimas de violencia de género o doméstica, y las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%.

Existe un descuento del 50% para miembros de familia numerosa de categoría general.


Sí, por el hecho de haber estado matriculado alguna vez en alguna EOI de la Comunidad Autónoma de Andalucía usted tiene la consideración de antiguo alumno a efectos de abono de las tasas